El máximo tribunal dijo en su resolución que “en su presentación del 15 de mayo de 2023 la Provincia de San Juan solicita que los integrantes de esta Corte que suscribieron la decisión cautelar del 9 de mayo de este año se excusen de seguir entendiendo en la contienda por haber adelantado opinión sobre el fondo de la cuestión debatida y, para el caso de que ello no ocurra, plantea su recusación con causa”.
Además, recordaron los magistrados, el Estado sanjuanino “solicita el rechazo de la acción de amparo promovida en su contra”.
Los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda respondieron que el pedido “resulta inadmisible porque la facultad de excusación de los jueces de esta Corte, mediando causa legal de recusación o no, es ajena a la actividad procesal de las partes”.
Añadieron que “no se configura prejuzgamiento cuando el Tribunal se halla en la necesidad de emitir opinión acerca de algún punto relacionado con la materia controvertida, lo que ocurre, entre otros casos, al decidirse sobre la admisión o rechazo de una medida cautelar”.
Agregó la Corte que la recusación con causa “es un mecanismo de excepción, de interpretación restrictiva, con supuestos taxativamente establecidos (…) para casos extraordinarios, teniendo en cuenta que su aplicación provoca el desplazamiento de la legal y normal competencia de los jueces y la consecuente alteración del principio constitucional del juez natural”.
Por ello los jueces dijeron que “las recusaciones formuladas serán desestimadas de plano pues, si aunque fuese clara su falta de causa, el Tribunal debiera ser reemplazado mediante conjueces desinsaculados al efecto, se vendría a establecer un procedimiento de revisión que echaría por tierra la supremacía de la Corte y el carácter final de sus decisiones”.
Entonces resolvieron “desestimar el pedido de excusación formulado por el Estado provincial y rechazar in limine las recusaciones planteadas”, así como “disponer el pase de las actuaciones a la Procuración General de la Nación, a fin de que se expida acerca de las cuestiones de fondo planteadas”.